Legal y escrituración

Boleto de compraventa

El boleto de compraventa es el contrato privado por el cual vendedor y comprador se obligan a concretar la operación: fija precio, plazos y condiciones, pero no transfiere el dominio, que recién pasa con la escritura.

El boleto es el paso intermedio clásico de una operación inmobiliaria argentina: se firma cuando las partes acuerdan la operación y suele acompañarse de un pago inicial relevante. Genera obligaciones exigibles (el vendedor debe escriturar, el comprador debe pagar el saldo), pero el comprador todavía no es dueño registral.

En barrios privados en desarrollo, el boleto es la herramienta habitual de venta mientras el loteo no tiene aprobación final: el desarrollador vende por boleto y se compromete a escriturar cuando la subdivisión o la afectación al régimen de propiedad horizontal estén inscriptas.

El Código Civil y Comercial da cierta protección al comprador de buena fe con boleto que pagó una parte sustancial del precio y tiene posesión, incluso frente a terceros. Aun así, conviene firmar el boleto con asesoramiento profesional, verificar la titularidad y las deudas del inmueble, y pactar por escrito el plazo de escrituración.

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