Posesión
La posesión es la entrega efectiva del inmueble al comprador, que puede ocuparlo, cercarlo o construir, aunque la transferencia formal del dominio recién se complete con la escritura.
En la práctica inmobiliaria argentina, "tomar posesión" significa que el comprador recibe el lote o la casa y empieza a comportarse como dueño: puede alambrar, mantener, proyectar y construir (con la aprobación de planos correspondiente). La posesión suele entregarse al firmar el boleto y pagar una parte significativa del precio, o en la fecha que las partes pacten.
En loteos en desarrollo es común el esquema "posesión ya, escritura después": el desarrollador entrega los lotes cuando la infraestructura básica está lista, aunque la subdivisión definitiva siga en trámite. Eso permite empezar a construir antes de escriturar, algo frecuente en barrios nuevos.
La combinación de boleto, pago sustancial del precio y posesión le da al comprador una posición jurídica bastante protegida, pero no equivale al dominio pleno. Documentá siempre la entrega de posesión por escrito, con fecha cierta: además del valor legal, define desde cuándo corren expensas, impuestos y tasas a cargo del comprador.
Términos relacionados
Boleto de compraventa
El boleto de compraventa es el contrato privado por el cual vendedor y comprador se obligan a concretar la operación: fija precio, plazos y condiciones, pero no transfiere el dominio, que recién pasa con la escritura.
Escritura
La escritura es el documento notarial que transfiere formalmente el dominio de un inmueble y se inscribe en el Registro de la Propiedad, convirtiendo al comprador en propietario pleno ante la ley.
Loteo
Un loteo es la subdivisión de una fracción de tierra en parcelas individuales destinadas a la venta, con la apertura de calles y la provisión de infraestructura básica que exige la normativa provincial y municipal.